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Te invito a descubrir la relación que tiene la Inteligencia Artificial (IA) en el Trabajo Social Forense con casos reales.
Hace unos días tuve el placer de impartir una ponencia marco en el III Congreso de Trabajo Social Forense sobre la IA en este ámbito. Hoy quiero compartir contigo parte del contenido de dicha ponencia y algunos aspectos que salieron después.
Una adolescente descubre que circula una imagen en la que aparece desnuda. Nunca se hizo esa fotografía: alguien ha utilizado su rostro para fabricar el montaje con inteligencia artificial. Sin embargo, las burlas, el miedo y la exposición pública pueden afectar a su vida cotidiana. Esto no es ficción, es un caso que ocurrió.
La relación entre IA y Trabajo Social forense tiene dos caras: las nuevas formas de violencia que llegan a la justicia y las herramientas que pueden apoyar nuestra práctica profesional. Ambas exigen formación, perspectiva de género y responsabilidad.
Venga, te dejo que te saltes alguna parte...
Desnudos falsos con IA: el caso de Almendralejo
En 2023, Almendralejo se convirtió en uno de los casos más conocidos en España de imágenes sexuales manipuladas con IA que afectaban a menores. La Fiscalía recogió estos hechos en su memoria y advirtió de que había otros expedientes similares.
En julio de 2024 se conoció que el Juzgado de Menores de Badajoz había impuesto un año de libertad vigilada a quince menores responsables. El caso demuestra que una imagen fabricada puede tener consecuencias judiciales y requiere una respuesta de protección.
No estamos ante una simple broma. Utilizar la identidad de una chica para sexualizarla sin consentimiento constituye una forma de violencia sexual digital. Tener una fotografía pública en redes sociales no equivale a autorizar esa manipulación.
¿Qué necesita comprender la justicia?
La respuesta judicial debe atender a la conducta, las pruebas y el daño ocasionado. La calificación jurídica depende de cada caso: edad de las personas implicadas, características del material, difusión y demás circunstancias.
La Directiva (UE) 2024/1385 aborda en su artículo 5 determinadas conductas de difusión no consentida de material íntimo o manipulado. Su plazo de transposición termina el 14 de junio de 2027. Conviene distinguir esta obligación europea de los delitos aplicables en España a cada supuesto.
Desde una perspectiva social, la pregunta es: ¿qué ha cambiado en la vida de esa persona después de la difusión?
Puede haber aislamiento, conflictos familiares, rechazo del grupo, dificultades para acudir a clase o abandono de actividades. Son dimensiones que deben investigarse individualmente, sin presumir que todas las víctimas experimentan las mismas consecuencias.
El caso de Almendralejo supuso la primera multa en nuestro país por un mal uso de la IA. Y también ha habido una condena pionera donde se pide año de cárcel y prohibición de uso de redes sociales. Porque esto de la Inteligencia Artificial, no es un juego.
El papel del Trabajo Social forense ante la violencia digital
El peritaje social aporta a los tribunales conocimiento especializado sobre las circunstancias y relaciones sociales relevantes para un procedimiento.
Valorar el daño social
Ante un caso de imágenes sexuales falsas, la valoración puede explorar:
- Los cambios en las relaciones familiares, escolares y comunitarias.
- Las situaciones de hostigamiento y pérdida de apoyos.
- Las repercusiones en estudios, empleo y participación social.
- Los recursos de protección disponibles y las barreras para acceder a ellos.
El informe debe diferenciar lo relatado por la persona, lo documentado, lo observado y la interpretación profesional. También debe explicar su metodología y sus límites. La valoración social no sustituye la pericia informática sobre la imagen ni el diagnóstico psicológico.
Acompañar sin revictimizar
En los servicios de atención, el Trabajo Social puede facilitar información, coordinar recursos y apoyar a la persona y a su familia. Esta intervención debe distinguirse del encargo pericial, que exige objetividad e independencia.
Evitar preguntas culpabilizadoras y repeticiones innecesarias del relato forma parte de una atención respetuosa. La responsabilidad corresponde a quienes realizan y difunden el montaje.
Cuando se cumplen sus requisitos, el Canal Prioritario de la AEPD permite solicitar la retirada urgente de contenido sexual o violento difundido ilícitamente en internet. No sustituye la denuncia ni garantiza borrar todas las copias.
Cómo puede ayudar la IA en Trabajo Social forense
Estas violencias no deberían impedirnos explorar usos profesionales responsables. La IA puede apoyar tareas concretas, siempre con revisión humana.
Apoyar la elaboración de informes periciales
Puede proponer una estructura, ordenar una cronología o mejorar la claridad de un borrador. También puede ayudar a detectar apartados incompletos.
Un uso prudente sería trabajar con una plantilla vacía o un caso ficticio para preparar el esquema del informe. La IA no debe inventar entrevistas, completar hechos ausentes ni formular conclusiones periciales como si hubiera realizado la evaluación.
Resumir leyes y documentación
Podemos pedirle que explique una norma o compare fragmentos que le proporcionemos. Pero el resumen debe contrastarse con el texto oficial vigente: puede omitir excepciones, confundir artículos o generar referencias inexistentes.
Para facilitar esa comprobación, conviene solicitar que identifique el artículo y el fragmento del que extrae cada afirmación.
Automatizar tareas administrativas
Preparar recordatorios, organizar bibliografía, generar listas de comprobación o dar formato a documentos son usos posibles. En herramientas autorizadas, estas tareas pueden liberar tiempo para entrevistar, analizar y fundamentar mejor el dictamen.
Confidencialidad y criterio profesional
Un expediente puede contener datos sobre salud, violencia, infancia o procedimientos penales. Antes de introducirlos en una herramienta hay que comprobar su adecuación jurídica, contractual y de seguridad. Sustituir el nombre por iniciales no garantiza el anonimato.
La AEPD recuerda que los propios mensajes enviados a una IA pueden exponer información personal y confidencial.
Además, debemos revisar posibles sesgos de género, origen, discapacidad o situación económica. La IA no es una prueba ni permite determinar automáticamente la credibilidad de una víctima.
En Trabajo Social forense, cada conclusión debe poder explicarse y sostenerse con información contrastada. La responsabilidad sobre el dictamen sigue siendo de quien lo firma.
Es por ello, que si quieres aprender a usar correctamente la IA, debes formarte. Además de este curso de Inteligencia Artificial aplicada al ámbito social, que ya tengo creado, si necesitas una formación más específica puedes contactar conmigo, para que pueda diseñarte algo personalizado.
Fuentes:
Fiscalía General del Estado, Memoria 2024: https://www.fiscal.es/memorias/memoria2024/FISCALIA_SITE/capitulo_V/cap_V_3_6.html
EFE, caso Almendralejo, 9 de julio de 2024: https://efe.com/extremadura/2024-07-09/libertad-vigilada-menores-desnudos/
BOE, Directiva (UE) 2024/1385: https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2024-80770
Colegio de Trabajo Social de Gipuzkoa, guía de práctica pericial social: https://www.cgtrabajosocial.es/gipuzkoa/publicaciones/la-practica-pericial-social-guia-de-actuacion-profesional-desde-el-ejercicio-libre/220/view
AEPD, Canal Prioritario: https://www.aepd.es/canalprioritario
Laboratorio de la AEPD, datos y confidencialidad en IA generativa: https://laboratorio.aepd.es/blog/prompts-datos-personales-y-confidencialidad-el-nuevo-perimetro-de-riesgo-de-la-ia-generativa




