Un informe de vulnerabilidad paraliza un desahucio

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Cuando el Trabajo Social evita un desahucio gracias al informe de vulnerabilidad.

Pocos días después del caso de Maricarmen hemos conocido otra historia relacionada con la pérdida de vivienda, aunque esta vez con un desenlace diferente. En la calle Somosierra de Logroño, una madre y sus dos hijas menores se enfrentaban a un desahucio previsto para el 1 de octubre. La familia llevaba años residiendo en la vivienda y, además, se encontraba al corriente del pago del alquiler.

El lanzamiento, que ya había sido aplazado anteriormente en mayo, volvió a paralizarse. En esta ocasión hubo un elemento especialmente relevante desde la perspectiva del Trabajo Social: un informe de vulnerabilidad elaborado por los Servicios Sociales del Ayuntamiento de Logroño permitió acreditar la situación de la familia y evitar que la madre y sus dos hijas quedaran en la calle de manera inmediata, según recogieron distintos medios de comunicación.

Pero la historia no termina con la paralización del desahucio. Un día después hemos conocido que el Instituto Riojano de la Vivienda (IRVI) ha proporcionado a la familia una vivienda en alquiler. La solución no responde completamente a las necesidades planteadas por la madre, ya que la vivienda se encuentra fuera de Logroño y esto puede dificultar la conciliación con la vida escolar de sus hijas. Sin embargo, existe ahora una alternativa habitacional frente al escenario inicial de pérdida de vivienda sin una solución residencial estable.

La secuencia es especialmente interesante: detección de una situación de vulnerabilidad, valoración desde los Servicios Sociales, elaboración de un informe, paralización temporal del lanzamiento y búsqueda de una alternativa habitacional. No puede afirmarse que el informe social, por sí solo, haya resuelto todo el proceso, pero sí que la valoración de vulnerabilidad ha desempeñado un papel relevante para evitar que una familia con dos menores quedara sin vivienda de manera inmediata.

Y aquí es donde esta noticia trasciende el caso particular de una familia de Logroño y nos permite hablar de algo mucho más amplio: la importancia que puede tener el Trabajo Social dentro de los procedimientos de pérdida de vivienda.

El informe de vulnerabilidad: la importancia de la valoración desde el Trabajo Social

En ocasiones, los informes sociales pueden percibirse desde fuera de la profesión como un documento administrativo más dentro de un expediente. Sin embargo, un informe social no debería limitarse a recopilar datos personales, económicos o familiares. Su verdadero valor se encuentra en la capacidad de transformar toda esa información en una valoración profesional contextualizada de la realidad social de una persona o familia.

En los procedimientos relacionados con la pérdida de la vivienda, esta valoración puede adquirir una especial relevancia. La Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, introdujo modificaciones en la Ley de Enjuiciamiento Civil dirigidas, entre otras cuestiones, a reforzar la coordinación entre los órganos judiciales y las administraciones competentes cuando pueden existir personas en situación de vulnerabilidad.

Cuando se detectan estas circunstancias, la normativa contempla la comunicación con las administraciones competentes en materia de vivienda y asistencia social para que puedan verificar la posible situación de vulnerabilidad y plantear, cuando corresponda, medidas de atención inmediata, ayudas económicas, subvenciones o alternativas habitacionales. La legislación también establece que el órgano judicial debe realizar una valoración ponderada y proporcional de las circunstancias existentes en cada caso.

Aquí encontramos una de las principales aportaciones del Trabajo Social. Determinar una situación de vulnerabilidad no debería consistir únicamente en comprobar los ingresos de una persona o calcular si supera un determinado umbral económico. Los ingresos son importantes, pero forman parte de una realidad mucho más compleja.

Una valoración social puede analizar la composición de la unidad familiar, la presencia de niños, niñas o adolescentes, la existencia de situaciones de dependencia o discapacidad, las redes familiares y comunitarias disponibles, la situación laboral, la trayectoria residencial, las posibilidades reales de acceder a una vivienda alternativa o las consecuencias que una pérdida de vivienda puede producir sobre las personas afectadas. También permite identificar factores que, considerados de manera aislada, quizá no expliquen una situación de vulnerabilidad, pero que conjuntamente pueden incrementar considerablemente el riesgo de exclusión social.

Esta mirada resulta especialmente importante porque dos familias con los mismos ingresos pueden encontrarse en situaciones sociales completamente diferentes. Una puede disponer de una red familiar capaz de ofrecer alojamiento temporal, mientras que otra puede carecer completamente de apoyos. Una persona puede tener capacidad para acceder rápidamente a otra vivienda y otra encontrarse con barreras económicas, sociales o personales que hagan prácticamente imposible encontrar una alternativa en el mercado residencial.

Precisamente ahí reside el valor de la valoración profesional desde el Trabajo Social: no limitarse a describir una situación, sino interpretarla dentro de su contexto social, identificar los factores de vulnerabilidad y valorar sus posibles consecuencias.

Formación en informes de vulnerabilidad por el derecho a la vivienda

Sin embargo para poder realizar un informe de vulnerabilidad con la calidad exigida para poder evitar un desahucio, es necesario que como profesionales del Trabajo Social tengamos unos conocimientos específicos en materia de vivienda y su normativa.

Por ello, si crees que necesitas aprender en este sentido, te recomiendo este curso homologado: Informe de vulnerabilidad económica y social por el derecho a la vivienda.

Un informe social no paraliza automáticamente un desahucio

Es importante introducir una precisión para no generar una idea equivocada sobre el alcance de estos informes. La existencia de un informe que acredita una situación de vulnerabilidad no supone automáticamente la paralización de un desahucio. La decisión corresponde al órgano judicial y dependerá del procedimiento, de las circunstancias concretas y de la normativa que resulte aplicable.

La Ley de Enjuiciamiento Civil contempla que, una vez recibida la información procedente de las administraciones competentes y escuchadas las partes, el tribunal valore las circunstancias concurrentes y determine las medidas que correspondan. Por tanto, el o la profesional del Trabajo Social no decide si una persona debe permanecer en una vivienda ni tiene capacidad para suspender directamente un lanzamiento.

Su responsabilidad profesional se encuentra en otro lugar: investigar, valorar, diagnosticar y documentar adecuadamente una situación social, aportando información técnica que permita que las circunstancias de vulnerabilidad sean conocidas dentro del procedimiento.

Esta diferencia es importante porque permite comprender el verdadero valor de nuestra intervención profesional sin atribuir al Trabajo Social competencias que no le corresponden. Un informe social puede no ser quien tome la decisión, pero sí puede aportar elementos fundamentales para que quien debe tomarla conozca una realidad que difícilmente puede comprenderse únicamente a través de documentos económicos o procesales.

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